Transformaciones Fiscales Significativas

Transformaciones Fiscales Significativas en el IRPF: La Nueva Ley en Favor del Derecho a la Vivienda / Blog de Abogados

El 24 de mayo, se marcó un hito legislativo con la publicación en el BOE de la Ley en Favor del Derecho a la Vivienda. A pesar de su título prometedor, una lectura preliminar sugiere que, en lugar de consagrar la vivienda como un derecho definitivo, la ley continúa enfocándose en la vivienda como un derecho de acceso. Esta perspectiva mantiene la vivienda como un bien esencial al que se facilita el acceso, una temática que ya exploramos en nuestro análisis previo de la nueva Ley de Vivienda, especialmente en lo que respecta a los grandes propietarios de inmuebles residenciales.

Entre los cambios más notables que introduce la ley, destacan las reformas fiscales significativas dentro del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), específicamente en cuanto a incentivos fiscales. Uno de los ejemplos más ilustrativos es la modificación en las reducciones aplicables al rendimiento neto positivo obtenido del arrendamiento de inmuebles para vivienda. Es crucial señalar que estas reducciones no se aplican a ingresos provenientes del alquiler de inmuebles de otro tipo, como locales comerciales, estacionamientos, trasteros, alquileres vacacionales o temporales, entre otros.

Anteriormente, los arrendadores disfrutaban de una reducción del 60% aplicada directamente sobre el rendimiento neto (ingresos de alquiler menos gastos deducibles). Sin embargo, con la nueva legislación, los contratos firmados a partir del 1 de enero de 2024 recibirán un tratamiento fiscal diferenciado.

Detallando más, la Disposición final segunda altera el artículo 23 de la LIRPF, instituyendo nuevos criterios de reducción, entre los cuales se incluyen:

  • Una reducción del 90% para aquellos arrendadores que establezcan nuevos contratos de alquiler en áreas consideradas «tensionadas», y que apliquen una reducción del 5% en el precio del alquiler.
  • Una reducción del 70% se aplicará en casos de primeros alquileres en zonas tensionadas a jóvenes entre 18 y 35 años, o a entidades públicas o sin ánimo de lucro que lo asignen a alquiler social.
  • Una reducción del 60% estará disponible para arrendadores que realicen obras de rehabilitación significativas en los dos años previos a la firma del contrato.
  • Una reducción del 50% se aplicará para los arrendadores que declaren sus ingresos y no se ajusten a los casos anteriores.

Adicionalmente, se estipula una disposición transitoria para contratos previos a la nueva ley, manteniendo la reducción del 60% para contratos estipulados antes del 26 de mayo de 2023 y hasta la implementación completa de la nueva regulación el 1 de enero de 2024, según ha corroborado la AEAT.

Estas innovaciones fiscales representan un cambio significativo en el tratamiento del arrendamiento residencial dentro del IRPF, con implicaciones profundas tanto para arrendadores como arrendatarios, marcando un nuevo horizonte en la legislación de vivienda en España.